Foro de la Contratación Socialmente Responsable

Ley de la economía social de Galicia

Artículo 14. Fomento y difusión

1. La Xunta de Galicia reconoce de interés general y social la promoción, estímulo y desarrollo de las entidades de la economía social y de sus organizaciones representativas.

2. La Administración general de la Comunidad Autónoma y las entidades integrantes del sector público autonómico realizarán una política de fomento y difusión de la economía social que tendrá entre sus objetivos, además de los previstos en la Ley 5/2011, de economía social, los siguientes:

.......

l) La introducción de cláusulas de carácter social que, habida cuenta de las características y valores de la economía social, favorezcan su participación en la contratación pública y permitan evaluar adecuadamente sus aportaciones y contribuciones a la sociedad.