Foro de la Contratación Socialmente Responsable

Jurisprudencia

Jurisprudencia

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado con inhabilitación al gerente de un pub de la capital almeriense en el que se que negó el acceso a un grupo de unos 40 jóvenes por su condición de discapacitados.

El objeto del presente recurso consiste en la determinación de la fórmula correcta para calcular el importe del complemento que corresponde percibir a quien ha sido declarado en situación de gran invalidez por la contingencia de accidente de trabajo.

TSJ MADRID

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado nulo el despido el pasado verano de 92 trabajadores con discapacidad por parte la empresa de Contact Center Konecta BTO que la compañía tendría que haber subrogado tras adjudicarse el contrato con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) para prestar el servicio telefónico de información tributaria básica para los contribuyentes.

TRIBUNAL SUPREMO

El TS desestima el recurso interpuesto contra la sentencia que declaró al ahora recurrente incapaz por indignidad para suceder a su fallecido hijo. Declara la Sala que el supuesto litigioso se circunscribe al abandono por el actor de su hijo menor de edad con parálisis cerebral, y al incumplimiento hacia él de la obligación de darte alimentos, sin atenuante o paliativo que lo justifique

TRIBUNAL SUPREMO

Se resuelve por la Sala si padecida una ceguera casi total con anterioridad a la afiliación a la SS, puede posteriormente esta ceguera agravada ser determinante del reconocimiento de gran invalidez. La Sala aplica la reciente doctrina que tiene establecido que, de conformidad con la tradicional interpretación del art. 136.1 de la LGSS -actual art. 193.1-, las reducciones anatómicas o funcionales de carácter genético o que, sin tenerlo, se han producido antes de la afiliación o alta del trabajador, no pueden ser tomadas en consideración para causar protección por incapacidad permanente

TRIBUNAL SUPREMO

El TS declara haber lugar al recurso interpuesto contra la sentencia que declaró la incapacidad parcial del recurrente para el control y manejo de su medicación, así como para la administración, gestión y disposición de sus bienes y patrimonio, sometiéndole a tutela y nombrando tutor a la Generalitat Valenciana

TRIBUNAL SUPREMO

El TS desestima el recurso interpuesto contra la sentencia que declaró al hijo mayor de edad del recurrente -divorciado de la madre- en estado de incapacidad total y absoluto para gobernar su persona y bienes, así como para el ejercicio del derecho a testar, y acordó la rehabilitación de la patria potestad a favor de su madre.

En España se acumulan las sentencias contrarias a la administración por no escolarizar a pequeños con discapacidad en centros ordinarios y llevarlos a los colegios especiales contra el criterio familiar. La ley, que en ocasiones se incumple en España, establece que los pequeños deben atender por defecto colegios ordinarios y que los otros solo deben contemplarse en caso de que fracase la inclusión o los recursos necesarios sean "desproporcionados"

TSJ LA RIOJA

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja ha reconocido su derecho a escolarizarse en un centro ordinario de Logroño a un niño con discapacidad. De este modo, anula la decisión de Educación de escolarizarlo en un centro especial por ser "contraria a derecho".

El Supremo ha confirmado una sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias y ha validado el testamento otorgado en un notario por una joven nacida en 1993 y con discapacidad intelectual en favor de dos familiares, una prima y la hija de ésta, que fueron las que la cuidaron, contra la impugnación realizada por otros familiares