Foro de la Contratación Socialmente Responsable

RSC
La necesidad de la responsabilidad social, por Rosa Pérez Garijo, Consellera de participació, transparència, cooperació i qualitat democràtica de la Generalitat Valenciana

levante-emv.com 11.08.20

El Consell Valencià de Responsabilitat Social se constituyó el jueves de la semana pasada, pocos días después de cumplirse el segundo aniversario de la Ley 18/2018 para el fomento de la responsabilidad social en la Comunitat Valenciana.

Las elecciones autonómicas de 2019, la configuración del nuevo gobierno y los procesos garantistas de la Administración pública, han retrasado desafortunadamente la puesta en marcha de esta ambiciosa ley aprobada en la pasada legislatura, siendo Manolo Alcaraz conseller de dicha materia.

Con la puesta en funcionamiento del Consell Valencià de Responsabilitat Social queremos impulsar políticas dirigidas a transformar el tejido empresarial y social hacia un modelo más sostenible, más igualitario y más moderno. Por ello, una de las tareas fundamentales del Consell será la elaboración del Pla Valencià de Responsabilitat social, el instrumento que nos permitirá trazar la hoja de ruta para avanzar en la consecución de un modelo basado en la calidad y el progreso.

La importancia de este Consell radica en su diversidad y pluralidad. A diferencia de otros órganos similares de la Administración, su carácter es de asesoramiento y supervisión, lo que permite que la composición del mismo tenga como objetivo recoger los múltiples puntos de vista de los diferentes ámbitos que trabajan o guardan relación con la responsabilidad social. Está claro que es en el tejido empresarial y en las instituciones donde más repercusión tiene la implantación de políticas socialmente responsables, pero más allá de ambos actores, existen otras asociaciones, entidades, foros y profesionales con una gran implicación en esta materia. La tarea del Consell Valencià de Responsabilidad Social es recoger todas estas voces para enriquecer el diseño e implementación de dichas políticas.

Sin embargo –y sin perder de vista el Pla Valencià de Responsabilitat Social– la tarea más apremiante ahora mismo es el desarrollo normativo de la ley. Hay elementos de suma importancia que necesitan ser reglamentados para poder llevarlos a cabo a pesar de su clara plasmación en la norma aprobada por Les Corts, donde destaca uno sin duda: la introducción de las cláusulas sociales en la contratación pública.

¿Qué significa esto? Es sencillo, la inclusión de ciertos preceptos que deben cumplir las empresas que trabajan para las administraciones públicas. Como ya sabrán, son muchas las obras y servicios que la Administración realiza a través de empresas privadas. En la actualidad, el elemento determinante para ganar un concurso público es el precio ofertado respecto a la cantidad fijada por la administración. Es necesario introducir otros elementos a la hora de valorar estos procedimientos, lo que es posible mediante las cláusulas sociales. Todo ello, evidentemente, sin perder de vista que la prioridad para la Administración ha de ser siempre prestar directamente el servicio con los recursos propios.

Sin duda alguna, la que más importancia ha cobrado (gracias a las organizaciones sindicales, que lo han reivindicado históricamente) es la subrogación empresarial entre las empresas licitadoras. Esto es, que al margen de que la empresa que presta el servicio cambie en un nuevo concurso, la plantilla que en la práctica realiza este servicio se mantenga. Los objetivos son, en primer lugar, garantizar el empleo estable y en segundo, mantener los estándares de calidad de los servicios prestados. La Ley 18/2018, de 13 de julio, de la Generalitat, para el fomento de la responsabilidad social en su artículo 13 no deja dudas sobre la obligatoriedad de la misma, pero hasta el momento no se ha materializado. Entendemos que el reglamento no tiene otra misión que regular lo ya establecido legislativamente.

Pero más allá de la subrogación, existen otros elementos de gran interés que también incluye el texto jurídico. Hablamos, por ejemplo, de cláusulas que promuevan la inclusión social a través de la contratación de personas vulnerables o de sectores que tradicionalmente han tenido mayores dificultades de inserción en el mundo laboral; o cláusulas que promuevan la investigación, innovación y desarrollo en las empresas contratistas para aportar un valor añadido al conjunto económico; o cláusulas que beneficien a las empresas más sostenibles, menos contaminantes y que desarrollan proyectos para combatir el cambio climático.

Esperamos que el Consell Valencià de Responsabilitat Social sea capaz de mejorar el borrador actual y conseguir un documento que recoja el mayor consenso posible. El día que se apruebe será un gran día para los valencianos y valencianas.

Pero no nos marcamos como único objetivo dicho reglamente sino el desarrollo de la responsabilidad social que tiene como objetivo ser uno de los motores que nos permitan avanzar hacia un nuevo modelo económico valenciano basado en la innovación, el bienestar y la sostenibilidad. Queremos situarnos a la vanguardia en la economía del futuro, una que deje de situar en el centro de todo la generación de beneficios económicos y tenga una visión más de conjunto del planeta y la sociedad. Por ello ya nos hemos puesto manos a la obra.